DOCUMENTOS DESCARGABLES

Consulte los Estatutos de Nuestra Entidad.

Consulte las políticas de protección de datos de Nuestra Entidad.

ORGANISMOS DE ADMINISTRACIÓN

Es el máximo organismo de administración de la entidad. Sus determinaciones deben ser acatadas por todos los asociados y organismos que de ella dependen, siempre que hayan sido adoptadas en armonía con las disposiciones legales y estatutarias vigentes. Está integrada por los Delegados que eligen los asociados hábiles en las asambleas que se realizan anualmente.

Es el órgano permanente de administración, está subordinado a las políticas y directrices trazadas por la Asamblea General. Está integrado por cinco (5) miembros principales con sus respectivos suplentes personales elegidos para periodos de dos (2) años. Es el encargado de reglamentar las políticas generales de la entidad en materia administrativa, financiera y de servicios. De igual forma es el responsable de nombrar los comités especiales que requiere la organización para el normal desarrollo de sus actividades y el ajuste al ordenamiento legal (Educación y Solidaridad, Interno de administración del riesgo de liquidez, Evaluación de cartera, etc).

Es el Representante Legal de la entidad, ejecuta las determinaciones de la Asamblea General y del Consejo de Administración. Tendrá bajo su dependencia a los funcionarios de SERVICONAL, vigilará el cumplimiento de las disposiciones emanadas de la asamblea general, el consejo de administración y la junta de vigilancia.

Organismo que tiene a su cargo el control social de la entidad. Está integrada por tres (3) miembros principales con sus respectivos suplentes personales, elegidos por la Asamblea General para periodos de dos (2) años. Sus miembros responderán personal y solidariamente por el cumplimiento de las obligaciones que les imponen los estatutos y la ley.

Persona natural o jurídica debidamente reconocida en el ejercicio de la contaduría pública; ejerce la fiscalización general, revisión y vigilancia contable de la Entidad. Es nombrada por la asamblea General con sus respectivos suplentes para periodos de dos (2) años.